Realmente…¿Para qué va sirviendo el colaborador social?.

Pues cada vez parece más que sirve, pues para eso, para «colaborar» con la Administración Tributaria, es decir, COLABORAR en que puedan notificar más abreviadamente a los ciudadanos a través de esta figura, tal y como vimos en la entrada «El peligro digital…¿Conviene tener una DEU?…«

https://hazdeguia.wordpress.com/2010/09/27/el-peligro-digital-%C2%BFconviene-tener-una-deu-yo-diria-que-no/

Hoy les adjuntamos una NOTA de la AEAT dirigida a los colegios, parece ser que de Las Palmas, en relación con la cuestión de los apoderamientos, donde en definitiva, se viene más en establecer para qué NO SIRVE el Colaborador Social. Esta vez sí viene firmada, lo cual es todo un detalle.

Pues eso, lean y juzguen:

https://skydrive.live.com/?cid=37311085ee845d40&id=37311085EE845D40!403

Habrá que hacer un monográfico sobre esta cuestión, para lo que no estaría de más contar con opiniones y/o aportaciones que pueden dejar aquí y serán debidamente tomadas en consideración, o remitirlas a nuestro correo electrónico.

Haz de guía

Salu2

Esta entrada fue publicada en Tributario. Guarda el enlace permanente.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s