Posible inconstitucionalidad del Reglamento de Operaciones Vinculadas

El Reglamento de las Operaciones Vinculadas podría ser inconstitucional, así ha sido publicado en Europa Press. Interesante.

Editamos la noticia a continuación:

EDITADO:

“MADRID, 18 Mar. (EUROPA PRESS) –

   El Tribunal Supremo ha planteado ante el Tribunal Constitucional la posible cuestión de inconstitucionalidad del régimen de infracciones y sanciones del reglamento de operaciones vinculadas de la Ley del Impuesto de Sociedades, según informa el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de Barcelona, promotor del recurso.

   Los titulados mercantiles consideran que el reglamento sancionador puede ser contrario al artículo 25.1 de la Constitución Española, que establece que nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en el momento.

   En concreto, las dudas surgen de la redacción del artículo 16 de la Ley del Impuesto de Sociedades, que en su apartado 2 impone obligaciones de documentación en las operaciones vinculadas  pero sin concretarlas y delegándolas íntegramente en el reglamento.

   Además, el apartado 10 del mismo artículo 16 establece infracciones y sanciones que pueden derivar del incumplimiento de las mencionadas obligaciones de documentación. Dado que el apartado 2 no las concreta, al final el reglamento se constituye como regulador del régimen sancionador en esta materia.

   Por su parte, el Colegio de Titulados Mercantiles y Empresariales de Barcelona, encabezado por su decano, Eduard Soler, manifestó su satisfacción por la decisión del Supremo. El promotor del recurso fue Avelino Vázquez, vicedecano y presidente de la sección de asesoría fiscal de este organismo.”

Enlace a la noticia aquí—>

En nuestra opinión, podría ser una cuestión “subsanable”, por lo que que efectivamente, pudiera ser que fuera inconstitucional, pero con una modificación a la Ley introduciendo en Ella el régimen sancionador, mucho nos tememos que no será suficiente para parar esta vuelta de tuerca adicional al aumento de los costes fiscales indirectos de las empresas españolas.

Recordemos que el régimen de las Operaciones Vinculadas es una trasposición de una directiva de la Unión, prevista para operaciones distintas de aquellas que España ha regulado, y que venimos siguiendo en este mismo Blog.

EDITADO 23 de marzo de 2011:

Adjuntamos nota del Colegio de Titulados Mercantiles, así como el Auto del Tribunal Supremo, y una nota de prensa publicada en Expansión

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Salu2.

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