¿Estamos vendidos ante las multinacionales de programación en productos tributarios?

Recientemente son varios los despachos profesionales a los que escuchamos quejarse de la falta de utilidad de los muy caros programas para despachos de asesoría tributaria. Así, son cotidianas situaciones del tipo de

No avisar el programa de que hemos consignado o no hemos desmarcado la correspondiente casilla, para la aplicación de una deducción o bonificación en IRPF, prevista para personas físicas que estando en nómina, no hayan superado los 28.000,00.- Euros al año, cuando estamos trabajando con un profesional que ha facturado…1.200.000,00.- Euros. Y el supuesto carísimo programa no contrasta la situación.

No consignar personal contratado en Impuesto sobre Sociedades y, sin embargo, estar marcada por defecto la casilla para aplicar tipos imponibles reducidos por mantenimiento y creación de empleo, sin encenderse ninguna luz roja que nos avise.

Trasladar deducciones pendientes de un ejercicio a otro, una vez aplicadas en el precedente como si no hubiesen sido aplicadas…

Etc, etc, etc….

Y así podríamos seguir enumerando un sin fin de errores informáticos que, tras pagar cuantiosas sumas por mantenimiento anual de los programas, y ante la constatación de los hechos, y habida cuenta de que ya empieza a haber precedentes en el sentido de que los errores no son sancionables, sino que hay que demostrar la intención de defraudar, tampoco los proveedores de dichos programas se hacen cargo ya no de la sanción, sino ni siquiera de facilitar la labor de demostrar que es un error informático.

Porque al final, cuando instalamos un sistema informático basado en un grupo de programas integrados, al objeto de mantener una base de datos centralizada, que nos permita tener siempre a disposición el “archivo permanente del Cliente” y no tener que teclearlo todo en cada modelo tributario, escrito, recurso, alegación, interposición, actuación inspectora, cuando hacemos esto, esperamos que cuando menos, las deducciones, bonificaciones, tipos reducidos, vamos, todo aquello que se salga mínimamente de lo estándar, y precisamente por ello requiere de un asesoramiento, es en ese momento cuando los asesores esperamos no tener que revisar uno a uno TODOS los cálculos, acompañando al susodicho programa de una hoja de cálculo que es donde realmente hacemos el impuesto.

Vista así la situación y facilitando gratuitamente las administraciones tributarias los programas para “llenar casillas”. ¿Tiene sentido pagar esos dinerales para nada?.

La respuesta es obvia. La pena es ser arriesgado publicar así, directamente, los nombres de los irresponsables proveedores de dichos programas, que por otro lado, la mayor parte de ellos han ido cayendo en manos de multinacionales que, para agravar la cosa, nos ofrecen versiones “experto” o “plus”. ¿Qué más nos van a ofrecer? ¿Es que esos sí avisan?. ¿Entonces para que nos venden los lite o estándares si los hay gratis en el mercado?.

La cuestión no es baladí, pues al final es el despacho profesional quien paga los errores que ha cometido confiado en que el programa avisará de incongruencias flagrantes como las descritas aquí.

Así la situación, la pregunta es…¿Convienen esos programas?. ¿Son rentables?. ¿Nos facilitan el trabajo?. ¿Nos complican la vida con nuevas sanciones y aumento de costes vía esas sanciones y vía mantenimientos?.

O yendo más lejos…¿Será que al estar detrás las multinacionales…interesan estos problemas para ir quitando a las pequeñas asesorías?.

Ahí dejamos la cuestión por si te apetece hacer algún comentario.

Haz de guía

Salu2.

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