Hace tiempo que venimos siguiendo aquí el problema de la “dación en pago”, tal es así, que tenemos publicadas las famosas sentencias en este mismo Blog y que puedes buscar ayudándote del buscador que hay a la derecha.
Últimamente se viene hablando mucho de esta cuestión, y la mayor parte de los letrados compañeros, opinan que dichas sentencias no llegarán a ningún buen puerto, pues se interpreta el artículo 140 de la Ley Hipotecaria en el sentido de que solo por pacto voluntario entre las partes, el bien garantiza de forma absoluta el pago, de tal suerte que su dación es pago suficiente, siendo el pacto de mutuo acuerdo y expreso, condición necesaria, que ningún banco ha hecho recoger en las escrituras, cuyo clausulado en los contratos en gran mayoría sabemos todos que no han sido negociados.
En estos días, sabemos que una de las causas fundamentales del desasosiego social tiene origen en las innumerables ejecuciones hipotecarias que han dejado a decenas de miles de familias, literalmente en la calle, sin más esperanza en esta vida que la de medrar hasta que algo pase. De ahí que se haya creado un auténtico ejército de desahuciados que “no tienen ya nada que perder”, la peor de las situaciones posibles en el peor momento posible.
Pero no en todos sitios es así, de hecho, existe algo que se viene llamando Ley de la Segunda Oportunidad, y que ya vienen reclamando los afectados a través del nuevo asociacionismo que comienza a emerger con fuerza.
La citada Ley de la Segunda Oportunidad reclamada trata de combinar el sistema francés, portugués y alemán, con un sistema que conlleve la liquidación de las deudas con el patrimonio existente en el caso de familias quebradas –concursadas entendemos-.
La cuestión no es sencilla, elegir entre el cazo y el fuego. La dación en pago implica una más que probable inmediata entrada en causa de disolución de muchas entidades bancarias por causa de las pérdidas asumidas al reconocer la pérdida de valor de una parte importante de los bienes –las viviendas- que garantizan esos activos –hipotecas-, mientras por el contrario, la no adopción de una medida urgente ahonda la sensación de crisis absoluta en las familias cuyas hipotecas han sido ejecutadas, pasando a engrosar de forma contundente el grupo de indignados.
Hemos tratado de aportar algo de luz al problema, pues sabemos que uno de los conceptos que más visitas dirige hacia nuestro Blog es, precisamente este problema. Pues bien, habrá que establecer cauces de diálogo para llevar a la Ley de la Segunda Oportunidad, como primera medida a tomar por cualquiera que se tome en serio el problema de los indignados.
Tiempos demasiado interesantes.
Haz de guía.
Salu2.