¿Se puede aprobar un impuesto con carácter temporal?. ¿Puede un impuesto tener carácter retroactivo?. ¿Puede un impuesto ser voluntario, es decir, que se pague según donde viva uno?. ¿Realmente se aplicará el Impuesto que en este momento nos ocupa?. Se puede, el papel lo aguanta todo.
Pues todas esas y muchas más preguntas sin respuestas de toda índole, son las que suscita lo aprobado por medio del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre.
Señoras y señores, pasen y vean, ha llegado el Impuesto sobre el Patrimonio, y aquí tienes un enlace al BOE con el RD que lo aprueba.
Feliz lectura de verano para un impuesto al que se le augura muy poquita vida, tan efímera como una mariposa -solo que ésta nos regala la vista y hace su función-…¿O no?. Veremos. Por lo pronto, más trabajo.
Nosotros ya hemos decidido llamarle “El Impuesto Mariposa”.
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Salu2.