Interesante artículo publicado ayer en El Periódico


El autor, Miquel Barcelo, encuentra claras relaciones entre la fiscalidad y la creación de empresas y el desarrollo económico, como no podía ser de otra manera.

 

EDITADO:

12/4/2010 Edición Impresa LA RENOVACIÓN DEL TEJIDO PRODUCTIVO
¿Cómo crear nuevas empresas?

     Foto: martín tognola

    Foto: martín tognola

MIQUEL Barceló*

• Las facilidades administrativas, fiscales y otros incentivos pueden desempeñar un papel importante

La creación de nuevas empresas es uno de los indicadores clave de la dinámica económica de un país. La capacidad emprendedora de un territorio es sinónimo de crecimiento económico y de bienestar de sus ciudadanos. Sin nuevas empresas no se renueva el tejido productivo y no se aprovechan las oportunidades que, actualmente, ofrecen los sectores emergentes.
Los cambios tecnológicos abren, en general, buenas oportunidades para la creación de nuevas empresas y puestos de trabajo. Surgen posibilidades y se innova en modelos de negocio antes desconocidos, que los emprendedores son capaces de aprovechar
. Esta teoría la formuló en los años 30 del siglo XX el economista austriaco Joseph Schumpeter.

CUANDO LOS cambios tecnológicos coinciden en el tiempo con una crisis económica, como sucede ahora, la oportunidad de crear empresas se corresponde con la necesidad de generar riqueza y nuevos puestos de trabajo; una necesidad a la que deben saber responder ciudadanos y poderes públicos. Es un objetivo de país.
¿Cuál es la situación de la dinámica emprendedora hoy en día en nuestro país? Hace ya varios años, en mitad de la crisis de los 80, el profesor de IESE Pedro Nueno explicó que desde el siglo XIX el empresariado catalán había sabido aprovechar las nuevas oleadas tecnológicas para crear tejido industrial. Parece, decía él, que eso se truncó con la desaparición del sector electrónico catalán de los años 70 y 80, y que no habíamos sabido recuperarlo.
Por otro lado, si miramos el último estudio del proyecto GEM (Globlal Entrepreneurship Monitor), veremos que el 2009 fue uno de los peores años para los emprendedores españoles desde la burbuja de las puntocom del 2001. Concretamente, se observa para España una caída del 27% de las nuevas iniciativas emprendedoras entre los meses de julio del 2008 y del 2009. Complementariamente, en el 2009 unas 600.000 empresas cerraron sus puertas, un 54% más que durante el 2008. Se crean menos empresas y cierran más de las existentes.
Alguien podría pensar que esto es normal e inevitable en tiempos de crisis, y seguramente, es cierto, en relación con las que cierran. Pero, también lo es que hay países donde no les va tan mal. Observemos los casos de Israel y de Francia.
Como cuentan Dan Senor y Saul Singer en su reciente libro Start-up Nation. The story of Israel’s Economic Miracle (Nación emergente. La historia del milagro económico de Israel), Israel tiene hoy la más alta densidad de nuevas empresas de base tecnológica del mundo, un total de 3.850, una por cada 1.844 israelís.
En el 2008, la inversión de capital de riesgo per cápita fue 2,5 veces superior a la de EEUU y más de 30 veces a la de Europa. Hoy, cotizan en el Nasdaq, la bolsa tecnológica de Nueva York, más compañías creadas en Israel que empresas pertenecientes a todos los países del continente europeo juntos. Israel es un pequeño país de 7,1 millones de habitantes, más o menos como Catalunya.
Los citados autores buscan las causas de este milagro en varias fuentes a partir de la historia de casos concretos. Podríamos agrupar tres tipos de razones. Las de tipo cultural y educativo, originadas en las condiciones extraordinarias de una sociedad sometida a riesgos individuales y colectivos, que ya vienen de la historia del pueblo judío y de la propia fundación del Estado de Israel. La lucha por la supervivencia en condiciones extremas llevaría un carácter propicio a la asunción de riesgos empresariales.
La segunda causa estaría en las políticas de promoción económica adoptadas por el Gobierno israelí, donde las relacionadas con la creación de empresas ocuparían un lugar preferente. Estas políticas también abarcarían la capacidad de atraer inversiones de empresas tecnológicas estadounidenses.
Finalmente, las políticas públicas y los elementos de tipo cultural comportarían la existencia de unos ecosistemas innovadores propicios al desarrollo de nuevas iniciativas emprendedoras.

SI MIRAMOS hacia Europa, veremos también algún ejemplo interesante. Últimamente, se ha publicado en la prensa que en Francia se crearon en el 2009 un 65% más de empresas que el año anterior. Parece que facilidades administrativas, fiscalidad y otros incentivos habrían jugado un papel importante.
Crear una empresa en Francia, en la actualidad, sería tan fácil como registrarla en una dirección en internet y, la gestión de tasas e impuestos se realizaría de forma integrada y en un solo pago. Posiblemente, el trato fiscal a los emprendedores, mucho más favorable que en nuestro país, también tendría algo que ver. Hay que preguntarse, pues, cómo podemos activar la creación de nuevas empresas en nuestro país. Qué incentivos deberíamos dar a los nuevos emprendedores. Qué políticas públicas estarán a favor de la creación de empresas. Podemos responder estas preguntas observando lo que hacen países como Israel o Francia en este campo, para después adaptarlo a nuestra realidad. Nos va en ello el futuro.

*Doctor ingeniero industrial y presidente de la Fundació B TEC"

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=703714&idseccio_PK=1498

http://es.wikipedia.org/wiki/Joseph_Alois_Schumpeter

Hombre, yo creo, que sobre lo de Israel le faltó añadir las ingentes cantidades de dinero que los lobies judíos remesan desde los EE.UU. y otros países, tanto que son capaces de mantener aquel Ejército en plena campaña bélica que, para que nos habamos una idea, en tamaño es comparable al Español, salvando las consideraciones políticas y de operatividad y disponibilidad.

Sobre lo demás qué decir, más que menos mal que en este País aún hay gente que piensa, a ver si lo leen y escuchan quienes habrían de hacerlo.

Salu2

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RD-Ley 6/2010, operaciones vinculadas….parece que aflojan un poquito la mano.


AlgAlgo de cordura, o alguien les dice que es imposible, igual leyeron la entrada de ayer de KPMG

NoNo obstante, lo más importante son las cuantías de las sanciones, lo que nos ha llevado a re leer la citada entrada de ayer, remitida desde KPMG, en especial lo relativo a los riesgos fiscales y los costes de transacciones, así como nuestra comparación con otros países.

A  Esto es lo que se llama "mejorar la competitividad de las empresas españolas" -sarcasmo-. ¿Nadie les dice que hay un concepto esencial en los tratados de La Unión, y que significa que hay "libre tránsito de capitales"?:

      "Artículo 14. Simplificación de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas a cumplir por las entidades de reducida dimensión.

Con efectos para los períodos impositivos que concluyan a partir de 19 de febrero de 2009, se modifican los apartados 2 y 10.1.º del artículo 16 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, que quedan redactados de la siguiente forma:

«2. Las personas o entidades vinculadas deberán mantener a disposición de la Administración tributaria la documentación que se establezca reglamentariamente.

 

Dicha documentación no será exigible a las personas o entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en el período impositivo sea inferior a ocho millones de euros, siempre que el total de las operaciones realizadas en dicho período con personas o entidades vinculadas no supere el importe conjunto de 100.000 euros de valor de mercado. Para determinar el importe neto de la cifra de negocios se tendrán en consideración los criterios establecidos en el artículo 108 de esta ley. No obstante, deberán documentarse en todo caso las operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas que residan en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal, excepto que residan en un Estado miembro de la Unión Europea y el sujeto pasivo acredite que las operaciones responden a motivos económicos válidos y que esas personas o entidades realizan actividades económicas.»

 

«10.1.º Cuando no proceda efectuar correcciones valorativas por la Administración tributaria respecto de las operaciones sujetas al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al Impuesto sobre la Renta de No Residentes, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 1.500 euros por cada dato y 15.000 euros por conjunto de datos, omitido, inexacto o falso, referidos a cada una de las obligaciones de documentación que se establezcan reglamentariamente para el grupo o para cada entidad en su condición de sujeto pasivo o contribuyente.

 

En los supuestos de las personas o entidades a que se refiere el párrafo segundo del apartado 2 de este artículo a las que no resulte de aplicación la exoneración establecida en dicho párrafo, la sanción a que se refiere este número 1.º tendrá como límite máximo la menor de las dos cuantías siguientes:

El 10 por ciento del importe conjunto de las operaciones a que se refiere este número 1.º realizadas en el periodo impositivo.

El 1 por ciento del importe neto de la cifra de negocios.”
 
Bueno, va, lo dicho, alguien les habrá dicho algo, digo yo, pero no todo.
 
Salu2
 
Haz de guía
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Las empresas se rearman ante el ‘asedio’ de Hacienda


REMITIDO:

Informe KPMG
Las empresas se rearman ante el ‘asedio’ de
Hacienda

Publicado el 12-04-2010 , por Calixto Rivero

Los fiscalistas dedicarán la mayor parte del tiempo a resolver litigios con
el Fisco, especialmente en las operaciones vinculadas a Sociedades.

El déficit público ha obligado a la Agencia Tributaria a endurecer las
inspecciones a las compañías.Según un informe de KPMG al que ha tenido acceso
este periódico, “los departamentos fiscales de las empresas españolas estiman
que en los próximos 12 meses tendrán que dedicar gran parte de su tiempo a
resolver las discrepancias con Hacienda”.

El 90% de los responsables del área de impuestos de las compañías nacionales
considera que, a día de hoy, la gestión de las reclamaciones y de las
inspecciones derivadas de los procedimientos iniciados por Hacienda es
prioritaria. El 80% opina que es algo que seguirá siendo esencial en el próximo
año. Y es que el agujero de las arcas públicas, que ya representa el 11,4% del
PIB, no perdona a nadie. Los números rojos y el rápido aumento de la deuda
pública provocará que se disparen los litigios con las autoridades fiscales, un
asunto que en el periodo previo a la crisis aún no había experimentado grandes
sobresaltos.

El informe de KPMG se ha realizado consultando a los fiscalistas de más 890
empresas en Europa, Asia Pacífico y América. La litigiosidad fiscal no creció,
en términos generales, en la mayoría de las economías. Sin embargo, España
cuenta con algunas particularidades llamativas.

Las empresas nacionales fueron las más exprimidas del mundo por las
autoridades tributarias en el ámbito de los precios de transferencia –los que
se establecen en las operaciones entre entidades vinculadas–. El 35% de los
encuestados observan más control de Hacienda en estas transacciones, que
acaparan cerca del 60% del comercio internacional.

Sociedades
Asimismo, el 23% de los fiscalistas españoles consultados por KPMG Abogados –el
mayor porcentaje a nivel mundial– ha notado más presión de Hacienda a la hora
de declarar el Impuesto de Sociedades.

Sin embargo, sólo el 10% está preocupado con los litigios en la gestión del
IVA, un porcentaje que seguramente crecerá el próximo año, ya que el alza
fiscal que entrará en vigor a partir de julio aumentará el fraude, según los
expertos.

Ante estos desafíos, la gestión de los litigios seguirá siendo una prioridad
en la agenda de las empresas. La mayoría de los fiscalistas españoles, el 76%,
considera que la gestión de riesgos fiscales será uno de los objetivos básicos
durante el próximo año. Sin embargo, las compañías necesitan lograr más con
menos, ya que sus cuentas de resultados se han visto muy afectadas por la
crisis más intensa de la historia reciente.

Gestión de riesgos
Según el socio responsable del Área de Outsourcing and Compliance de KPMGAbogados,
Miguel Arias, “se ha pedido a las empresas que mejoren la gestión la gestión de
los riesgos fiscales, que proporcionen un apoyo más proactivo y puntual al
negocio y que se preparen para un análisis más profundo por parte de las
autoridades fiscales”.

No obstante, el 60% de los responsables de los encuestados a nivel global, y
el 75% en el caso de España, reconocen que no esperan que se incorpore nadie
más a sus departamentos fiscales en 2010, un porcentaje que sólo mejora al 72%
hasta 2011, un año en el que se prevé que el desempleo siga siendo el lastre de
la economía.

Pero, con el objetivo de reducir el coste de servicios no esenciales, más de
la mitad de los fiscalistas a nivel global –el 63% en el caso de España–
reconocen que tienen pensado o están ya planificando la externalización total o
parcial de los servicios de la función fiscal, y así centrarse en tareas y
trabajos que aporten más valor al negocio.

Oriol Vidal

Salu2

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El sarcasmo llevado a una Orden Ministerial – Modelo 340 y el 2010 Index of Economic Freedom


En la Orden EHA/3787/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 340….etc, encontramos esta perlita que creemos merece la pena reproducir.

“No obstante, una de las preocupaciones fundamentales de la Administración tributaria es mantener un correcto equilibrio entre la necesaria obtención de información que, como se ha indicado, es imprescindible para un adecuado desarrollo de las actuaciones de comprobación e investigación, y los costes fiscales indirectos que el suministro de la misma supone para los obligados tributarios, intentando, en todo caso, minimizar la carga fiscal inducida. Con esta finalidad, el artículo 32.1.e) del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, exime a los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido y del Impuesto General indirecto Canario de presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas, excepto cuando realicen determinadas operaciones relacionadas en el citado artículo, en cuyo caso, deben cumplimentar la declaración consignando exclusivamente estas operaciones”

Bueno, pues habrá que darles las gracias por tan gran generosidad.

Si no fuera trágico, sería cómico el sarcasmo oficial, a cuenta de la hiper sobrecarga normativa que está generando tan gran coste tributario indirecto, que muchos se están, literalmente, yendo del País, y que les confieso que personalmente, este que les  escribe se está pensando incluso el salir de la insoportable pesadez del ser legislativo español, que ya no creo, de ninguna manera, que nos siga manteniendo en la eufemística posición de «el País más garantista del Mundo», perdone usted que a estas alturas y con la que está cayendo y refiriéndonos solamente a los aspectos jurídicos que afectan a la economía, sin tan siquiera mirar la situación política, me tome la libertad de afirmar que….de eso no queda nada de nada.

De hecho, hace algunas semanas, concretamente tras el terremoto de Chile, se comentó en algunos medios el estudio sobre el «índice de libertad económica»2010
Index of Economic Freedom
«-, donde aquel entrañable y amigo País se sitúa en el sorprendente DÉCIMO lugar….pero…..¿A que no imaginan dónde queda España?. Pues nada menos que caemos al número TREINTA Y SEIS. Por algún sitio tenía que aparecer.


Todo ello, explica en gran medida, y así lo están relacionando reputados economistas, la libertad económica con la capacidad de cada País para superar crisis, no como la española, sino extremos tan graves como las pasadas por Chile y Haití, donde Éste último ocupa el lugar CIENTO CUARENTA Y UNO, y hay que ver que diferencia, con el debido respeto a los fallecidos.

Habrá que ver en el índice 2011 a dónde vamos a parar a este ritmo.

Seguir el vínculo a la página donde se publica el citado índice de libertad económica -2010 Index of Economic Freedom-.:

http://www.heritage.org/index/Ranking.aspx

Enlace al texto legal:

http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2008/20954&txtlen=1000

Salu2

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Operaciones vinculadas y Real Decreto de medidas anti crisis. El consenso que no pudo ser.


Aprovechando las medidas anti crisis, operaciones vinculadas:

Atención como queda la cuestión para las PYMES. Ver al final de esta entrada la web de Moncloa.

EDITADO:
(Ampl.) El Gobierno aprueba 31
nuevas medidas anticrisis para "seguir avanzando en la recuperación"
europapress

Temas relacionados:


viernes 9 de abril de 2010, 17:03

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros aprobó hoy hasta 31
medidas anticrisis repartidas entre el decreto ley definido tras las
conversaciones con los grupos parlamentarios en el marco de los acuerdos
de Zurbano y otros cuatro acuerdos económicos para impulsar la
recuperación, entre los que se encuentran una línea de créditos directos
a través del ICO (NASDAQ: ICOC
noticias)
.

Concretamente, de las 54 medidas que formaban parte del
documento del Gobierno, se han aprobado hoy 25 medidas, más una medida
adicional relacionada con el sector aéreo, incluidas todas en el Decreto
Ley, al que se añaden otros cuatro acuerdos económicos relacionados con
los créditos del ICO y la creación de la Comisión de Industria, también
acordadas en Zurbano. En total, 31 medidas a las que, además, habría
que añadir otras cuatro aprobadas en el decreto del pasado 30 de marzo.

Según
indicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández
de la Vega, se trata de medidas "para seguir avanzando en la
recuperación económica" que han logrado un alto consenso. Preguntada por
qué los grupos no se han hecho finalmente la ‘foto’ de Zurbano, De la
Vega indicó que "lo más importante y relevante es que las medidas
propuestas se han acordado y apoyado".

Por su parte, la
vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, fue la encargada
de desgranar las medidas más importantes, comenzando por las destinadas a
impulsar la rehabilitación. Así, destacó la creación de una nueva
deducción temporal en el IRPF por las obras de mejora en la vivienda
habitual que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2012.

LA
DEDUCCIÓN POR BENEFICIARÁ A RENTAS HASTA 53.000 EUROS.

Esta medida
permitirá deducirse el 10% de las cantidades invertidas, con un límite
máximo anual de 4.000 euros, a los contribuyentes cuya base imponible
sea inferior a 33.007 euros, y se reducirá progresivamente hasta los
53.007,20 euros de base imponible, el 95% de los contribuyentes.

El
límite durante todos los años de vigencia de la norma es de 12.000
euros por vivienda. Por otro, lado Salgado concretó que la deducción
permitirá incorporar hasta el 33% del coste de los materiales.

Asimismo,
se refirió a la aplicación de un tipo reducido de IVA para todo tipo de
obras de renovación y reparación de vivienda realizadas hasta el 31 de
diciembre de 2012. En este punto, Salgado aseguró que "es más sostenible
rehabilitar que construir nuevas viviendas".

CRÉDITOS DIRECTOS A
TRAVÉS DEL ICO.

En el capítulo de estímulos a la actividad
empresarial, Salgado destacó las cuatro iniciativas relacionadas con el
Instituto de Crédito Oficial (ICO) que incluyen la concesión de créditos
directos, con fecha efectiva anterior al 15 de junio, a autónomos y
pymes en operaciones de financiación tanto de inversión como de
liquidez, con un importe máximo de 200.000 euros, en las que asumirá un
riesgo del 100% de la operación.

La capacidad de préstamo directo
del ICO estará vigente este año y el siguiente, y los préstamos se
realizarán en condiciones de mercado. Este nuevo programa será
comercializado a través de una red financiera de ámbito nacional,
seleccionada por concurso público.

Según Salgado, el ICO prevé
poner en marcha esta línea antes del 15 de junio de 2010, teniendo como
requisitos que las pymes aporten recursos propios hasta un 40% de
proyecto y que acepten una cláusula de permanencia con la entidad de 10
años. Además, Salgado concretó que será una entidad financiera central
la que concretará los criterios de valoración del riesgo.

Según
enfatizó, el real decreto hace "expresa mención" a la imposibilidad por
parte de las entidades colaboradoras de establecer condiciones
adicionales en la concesión de los créditos, como la obligación de
mantener cantidades líquidas o contratar otros productos.

Las
otras medidas relativas al ICO acordadas hoy le instan a incrementar el
volumen de reafianzamiento de las Sociedades de Garantía Recíproca y a
mejorar la Línea ICO-Liquidez, así como a incrementar, cuando proceda,
el límite máximo del 5% del riesgo de crédito compartido al 50% con las
entidades de crédito y a ampliar el apoyo financiero a promotores de
viviendas de protección oficial cuando éstas se destinen a la venta.

MÁS
AYUDAS A LAS PYMES.

En el campo de la reducción de cargas
administrativas, el Decreto Ley exime a las pymes de tener que
justificar las operaciones vinculadas hasta 100.000 euros, y obliga al
Gobierno a presentar, en un plazo de tres meses, un Decreto para
"simplificar" las operaciones de documentación para el resto de las
empresas y operaciones.

Además, la vicepresidenta económica del
Gobierno subrayó la reducción de un año a seis meses del plazo que
tienen las pymes para recuperar el IVA en el caso de facturas impagadas,
además de la simplicación de las vías de reclamación en estos caso.

Por
otro lado, el decreto eleva el umbral de inembargabilidad establecido
en la Ley de Enjuiciamiento Civil en los casos en que el precio obtenido
por la venta de la vivienda habitual hipotecada sea insuficiente para
cubrir el crédito garantizado. Este umbral se eleva en un 10% sobre el
actual, fijado en el salario mínimo interprofesional (SMI (0198.HK
noticias)
), y se incrementa en un 20% adicional por cada miembro del núcleo
familiar que no disponga de ingresos propios regulares, salario ni
pensión.

Asimismo, se extiende a dos años la libertad de
amortización para empresas que mantengan empleo y se establece un tipo
superreducido de IVA del 4% para los servicios de atención a la
dependencia prestados por empresas integradas dentro del sistema público
de autonomía y atención a la dependencia a través de plazas
concertadas.

Por otro lado, la norma incluye la exención en el
IRPF, con un límite de 1.500 euros, de las cantidades satisfechas por
las empresas para desplazamientos entre la vivienda y el centro de
trabajo en transporte público colectivo.

Por otro lado, el nuevo
paquete de medidas incluye que la reforma de la Ley del Suelo para
extender hasta el final de 2011 la posibilidad de aplicación de la
legislación anterior en la valoración de suelos definidos como
urbanizables, con el fin de dar un ‘balón de oxígeno’ al sector
inmobiliario ante la "situación de dificultad" que padece. "Es una
prórroga conveniente", aseguró Salgado.

IMPULSO DEL FROB.

Finalmente,
el Real Decreto incorpora actuaciones en sectores estratégicos de la
economía española, como el energético y el financiero. En el ámbito
financiero, las modificaciones están orientadas a clarificar el régimen
aplicable a los Sistemas Institucionales de Protección (SIP) en aspectos
relativos a su régimen de consolidación contable y de adhesión al Fondo
de Garantía de Depósitos.

El objetivo es garantizar su seguridad
jurídica, reducir "al máximo" los plazos y trámites asociados al
funcionamiento del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB)
para acelerar las reestructuraciones en el sector financiero, y a
permitir que los fondos de titulización de activos se conviertan en
titulares de los inmuebles, derechos y cantidades resultantes de los
remates de los préstamos hipotecarios de los que son titulares como
consecuencia de su titulización.

Según Salgado, estas medidas
tratarán de "fortalecer" el sector financiero y garantizar que la
reestructuración del sector se realiza con "seguridad y rapidez".

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Modificación del formato normalizado de presentación de las cuentas anuales.


Bueno, a ver Ori, sobre las fechas:
 

Fecha de aprobación de la CONTABILIDAD –formulación- por los ADMINISTRADORES: 31 de marzo.

 

Fecha de aprobación de LA GESTIÓN –incluye, como no, las cuentas anuales-, por la Junta: SEIS meses desde el cierre del ejercicio. Este último aspecto lo encontrarás en el artículo 95.1 del TRLSA y 45 de la LSRL.

 
(PGC NECA 2ª)

1388
Las cuentas anuales se elaboran con una periodicidad de doce meses, salvo en los casos de constitución, modificación de la fecha de cierre del ejercicio social o disolución.
Las cuentas anuales deben ser formuladas por el empresario, en las empresas cuyo titular sea una persona física, o por los administradores, si la titularidad corresponde a una persona jurídica. Todos ellos responden de su veracidad, durante un plazo máximo de tres meses, a contar desde el cierre del ejercicio.
Las cuentas anuales deben expresar la fecha en que se hubieran formulado y deben ser firmadas por el empresario individual, por todos los socios ilimitadamente responsables de las deudas sociales, en las sociedades colectivas y comanditarias, o por todos los administradores de la sociedad si esta es anónima o de responsabilidad limitada; si faltara la firma de alguno de ellos, se hará expresa indicación de la causa en cada uno de los documentos en que falte la misma.
Los documentos integrantes de las cuentas anuales deben estar claramente identificados, indicándose en cada uno de ellos su denominación, el nombre de la empresa a la que se refieren, y el ejercicio al que corresponden.
Los importes que figuren deben expresarse en euros, no obstante, podrán expresarse los valores en miles o millones de euros cuando la magnitud de las cifras así lo aconseje, debiendo indicarse esta circunstancia en las cuentas anuales.

 

Con efectos desde el 11-2-2009 se han aprobado los modelos de depósito de las cuentas anuales de los sujetos obligados a dar publicidad a sus cuentas en el Registro Mercantil. Los modelos presentan una doble modalidad: en soporte papel y en soporte electrónico para su presentación vía telemática. Quedan pendientes de aprobación los modelos de cuentas anuales consolidadas de los grupos formuladas de acuerdo con las NIIF o que aplican las normas del Código de Comercio. No obstante, podrán seguir utilizándose los modelos y formatos electrónicos actualmente vigentes para la presentación de las cuentas de ejercicios iniciados con anterioridad al 1-1-2008 (OM JUS/206/2009, BOE 10-2-09).
 
 
Consumación de la infracción. Prescripción
 (LSA art.218, 221.1 -redacc L 7/1996- y art.221.4 -redacc L 2/1995-)

816
La infracción se considera cometida, de forma automática, transcurrido el plazo establecido para efectuar el preceptivo depósito (dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales por la junta general) en el Registro Mercantil del domicilio social de la entidad, sin efectuarlo.
La prescripción de la infracción se produce a los tres años, desde el momento de su comisión. 
  
Salu2.

 
Todo esto, a cuenta del comentario de Ori:
 

Manda narices que cambien esto en estas fechas… Todavía no lo he leido, pero segun la norma, ¿cuando tenían que estar formuladas las cuentas? ejem…

http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/07/pdfs/BOE-A-2010-5546.pdf

Que hace referencia -el enlace-, a la tardía modificación del modelo normalizado para la presentación de las cuentas anuales.

Personalmente, ya tengo entregadas las que se auditan, pero resulta que con esta nueva modificación, pues habrá que reformular las cuentas, qué gracia.

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Nota del Gobierno sobre la aprobación del Anteproyecto de Ley de Economía sostenible.


Sin comentario alguno, editamos, y pasen, vean y juzguen por ustedes mismos:

EDITADO:
El Gobierno
aprueba el proyecto de Ley de Economía Sostenible 

Forma parte de la Estrategia de Economía
Sostenible, destinada a impulsar la recuperación de la economía española por una
senda de crecimiento equilibrado y  generador de empleo. El texto definitivo
incorpora aportaciones de órganos consultivos, agentes sociales y CC.AA.
19 de marzo de 2010. El
Consejo de Ministros ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Economía Sostenible,
una profunda reforma transversal de múltiples aspectos que rigen la actividad
económica y que supone un nuevo paso en la modernización de la economía
española. La ley de Economía Sostenible se articula a través de medidas
horizontales que se aplican tanto a agentes públicos como privados y nace con un
doble objetivo fundamental:

  • mejorar la posición de salida de la crisis económica.
  • reorientar la actividad económica hacia sectores con potencial de
    crecimiento a largo plazo, generadores de empleo y sostenibles desde un punto de
    vista económico, social y medioambiental, reforzando al mismo tiempo los
    elementos más sólidos y estables de nuestro modelo productivo.

Esta
Ley es la pieza central de la Estrategia para la Economía Sostenible, un plan
global de reformas estructurales que tiene como finalidad modernizar el patrón
productivo e impulsar la recuperación de la economía española por una senda de
crecimiento equilibrado y  generador de empleo. Hasta la fecha estas son las
iniciativas incluidas en la Estrategia que ya han sido puestas en marcha por el
Ejecutivo en los últimos meses:

  • Propuesta de reforma del mercado laboral
  • Propuesta de reforma del sistema de pensiones
  • Plan de Austeridad
  • Plan de prevención contra el fraude
  • Reestructuración de las líneas del ICO
  • Reales decretos de desarrollo de la Ley Ómnibus
  • Ley de Registro Civil
  • Ley de Mediación y Arbitraje
  • Ley de Ciencia

La Estrategia se complementa con dos fondos, operativos desde el 1 de enero
de este año:

  • El Fondo para la Economía Sostenible, dotado con 20.000 millones de euros
    hasta 2011, gestionado por el ICO y cofinanciado al 50% por las entidades
    financieras, que se destina a la financiación de proyectos de inversión por
    parte del sector privado en los sectores y actividades prioritarios para la
    sostenibilidad.
  • El Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, dotado con 5.000
    millones de euros, que está permitiendo a las entidades locales impulsar el
    desarrollo de parques científicos y tecnológicos; el despliegue y acceso a las
    redes de telecomunicaciones de nueva generación; proyectos de ahorro y
    eficiencia energética; de desarrollo de energías renovables; de movilidad urbana
    sostenible; o de centros de servicios sociales y sanitarios.

El texto definitivo del proyecto de Ley aprobado hoy incorpora un gran número
de aportaciones realizadas en la fase de consulta pública por multitud de
organismos y entidades de la sociedad civil, desde agentes sociales, hasta
comunidades autónomas y entes locales, pasando por una amplísima relación de
órganos consultivos, en especial el Consejo de Estado. A partir de ahora, la LES
inicia su trámite parlamentario.

PRINCIPALES EJES DE LA LES

Mejora del entorno económico

Concentra las reformas en el sector público que se orientan a garantizar un
entorno económico eficiente y de apoyo a la competitividad de las empresas y la
economía españolas. Estos son algunos de los aspectos más destacados:

  • La Ley regula el principio de buenas prácticas en las administraciones
    públicas. Igualmente establece la corresponsabilidad de todas las
    administraciones públicas
    ante eventuales sanciones de la UE en caso de
    incumplimiento de la normativa comunitaria por parte de cualquiera de
    ellas.
  • Aborda también la reforma de los organismos reguladores de
    carácter económico, introduciendo por primera vez en nuestro ordenamiento un
    marco horizontal, común a todos ellos: se reduce el número de miembros de los
    Consejos con el fin de mejorar la gobernanza de las instituciones, y se
    establecen nuevos mecanismos de control, a través de la comparecencia de los
    candidatos a presidente y consejeros del organismo regulador ante el Parlamento
    antes de ser nombrados y después, anualmente, para rendir cuentas de su
    actividad.
  • Incluye medidas de reforma del mercado financiero, con la
    reforma de la Ley del Mercado de Valores para que las sociedades cotizadas
    pongan a disposición de los accionistas un informe sobre remuneraciones que será
    aprobado en la Junta General, y de la Ley de Coeficientes de Inversión, que
    permitirá al Banco de España exigir a las entidades de crédito políticas de
    remuneración coherentes con una gestión del riesgo prudente y eficaz.
  • Contiene medidas de reforma de los mercados de seguros y fondos de
    pensiones
    para mejorar la tutela de los derechos de los asegurados y
    fomentar el desarrollo de la actividad económica en este sector mediante la
    transparencia en la mediación de seguros y reaseguros, y para simplificar y
    agilizar los trámites y aumentar la protección de los ahorradores y los
    tomadores de seguros.
  • Fomenta la disciplina presupuestaria de las entidades
    locales
    , estableciendo controles periódicos de la ejecución
    presupuestaria.
  • Se impulsa la eficiencia en la contratación pública y la
    colaboración público-privada
    . En especial, se modifica la normativa que
    regula los modificados de obras de acuerdo con las prácticas recomendadas por la
    Unión Europea, se establece una mayor transparencia de la información en la
    contratación pública, se fomenta la realización de contratos de investigación y
    desarrollo, y se impulsa la participación de pequeñas y medianas empresas en la
    contratación pública.
  • Se promueve la responsabilidad social de las empresas,
    introduciendo la adopción de un conjunto de indicadores para la autoevaluación
    en esta materia que facilitará, especialmente a las pequeñas y medianas
    empresas, el desarrollo de este ámbito empresarial.

Mejora de la competitividad

La Ley continúa el esfuerzo de remoción de obstáculos administrativos
iniciado con las normas de transposición de la Directiva de Servicios. Impulsa
tres ejes fundamentales en la competitividad de los agentes económicos: el
desarrollo de la Sociedad de la Información, la vinculación con las actuaciones
de I+D+i y la formación de los trabajadores, con especial atención al sistema de
formación profesional.

  • Incorpora medidas de simplificación administrativa. Permite la
    agilización de la constitución de sociedades para que todos los
    trámites necesarios puedan llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo
    máximo de uno a cinco días, exceptuando sólo aquellos casos en que la elevada
    cuantía del capital o la complejidad de la estructura societaria exijan un
    examen más detallado.
  • Se reforma la actividad catastral mejorando su coordinación
    con el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y agilizando la tramitación. Se
    reducen así las cargas administrativas que soportan los ciudadanos, mediante el
    refuerzo en la colaboración que prestan al catastro los notarios y registradores
    de la propiedad.
  • Se profundiza el impulso a la sociedad de la información.
    Se regula la utilización de las nuevas tecnologías en la banda de frecuencias de
    900MHz. Se habilita más espacio en el espectro radioeléctrico para prestar
    servicios de comunicaciones electrónicas aprovechando la liberación de la banda
    de frecuencias de 790-862MHz, ocupada hasta ahora por la televisión analógica.
    Se introduce como elemento integrante del servicio universal la conexión a banda
    ancha a una velocidad de 1Mbit por segundo, provista a través de cualquier
    tecnología.
  • Contiene medidas de impulso a la actividad investigadora y
    a la innovación y muy especialmente a su vinculación con la actividad
    empresarial. Fiscalmente, serán deducibles de la base del Impuesto sobre
    Sociedades, en un 12%,  los gastos efectuados en actividades de investigación y
    desarrollo e innovación tecnológica y para el fomento de las tecnologías de la
    información.
  • Se lleva a cabo una profunda reforma de la Formación
    Profesional
    . El objetivo es facilitar la adecuación de la oferta
    formativa a las demandas del sistema productivo, ampliar la oferta de formación
    profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el
    conjunto del sistema educativo y reforzar la cooperación de las administraciones
    educativas.
  • Se incluyen también medidas de lucha contra la morosidad,
    destinadas a reducir los plazos de pago tanto en las operaciones comerciales
    como en los contratos con las administraciones públicas.

Sostenibilidad ambiental

  • Se impulsa la sostenibilidad del modelo energético. Se
    recogen los grandes principios aplicables en la materia, esto es, la garantía de
    la seguridad del suministro, la eficiencia económica y el respeto al medio
    ambiente, y se fija el objetivo nacional de una reducción de un 20% de las
    emisiones de gases de efecto invernadero y de un consumo del 20% de energías
    renovables sobre el total de consumo de energía bruto, para el año 2020.
    Igualmente, en la lucha por la reducción de gases de efecto invernadero, se
    impulsa el incremento en la capacidad de absorción por sumideros, en particular,
    los vinculados al uso forestal; la compensación voluntaria de emisiones de CO2,
    en sectores que deben reducirlas y no están sujetos al comercio de derechos de
    emisión y, también, la constitución de un fondo público para adquirir
    créditos de carbono
    , obtenidos por empresas españolas y para impulsar
    su actividad en sectores asociados a la lucha contra el cambio climático,
    mejorando además el régimen fiscal de deducción de los gastos efectuados en
    inversiones destinadas a la protección del medioambiente.
  • Se promueve la transformación del sector del transporte
    para incrementar su eficiencia económica y medioambiental y la
    competitividad en el mismo.
  • Se impulsa la reorientación de la política de vivienda para fomentar
    el alquiler
    . Se modifica la deducción por inversión en vivienda
    habitual del IRPF, que sólo será aplicable a los contribuyentes cuya base
    imponible sea inferior a 24.170,20 euros anuales. Se modifica también la
    deducción por alquiler de vivienda habitual.

http://www.meh.es/es-ES/Prensa/En%20Portada/2009/Paginas/ElGobiernoapruebaelproyectodeLeydeEconomiaSostenible.aspx

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Salu2

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Algo de cordura en las obligaciones formales en la emisión de facturas.


En ocasiones, solo en ocasiones, las administraciones públicas usan la cordura.

Ahora habrá que ver cómo se instrumentaliza esto.


Simplificación de las normas de facturación del IVA


Fecha: 22/03/2010 [09:26] h.
Origen: Consejo de la Unión Europea

Hasta la fecha, las normas de facturación del impuesto sobre el valor añadido han sido tan complicadas que han obstaculizado el uso de facturas electrónicas en el comercio transfronterizo. Para que las empresas puedan ahorrar gastos y aliviar cargas administrativas, el Consejo ECOFIN de 16 de marzo llegó a un acuerdo general sobre una Directiva cuyo objetivo es modernizar los requisitos de facturación del IVA.

Se calcula que el nuevo instrumento puede llegar a reducir las cargas de la industria hasta en 18.000 millones de euros anuales. Supondrá una ayuda particularmente significativa para las pequeñas y medianas empresas (PYME), ya que se extenderá el uso de las facturas simplificadas para incluir importes menores. Por otra parte, permitirá a las PYME declarar el IVA con arreglo a un régimen de contabilidad de caja. Las facturas en papel y las electrónicas recibirán el mismo trato. Se armonizarán las normas sobre conservación de la información y periodos de registro. La Directiva debería estimular el comercio electrónico.

La propuesta también incluye medidas para ayudar a las autoridades fiscales a atajar el fraude al IVA. Las normas sobre deducción del IVA se harán más estrictas para permitir un intercambio de información más rápido sobre el suministro de bienes y prestación de servicios a escala interna en la UE. Dado que las empresas que operen de modo transfronterizo tendrán que informar sobre sus transacciones en el mes en que realicen el suministro, los defraudadores en cascada no podrán abusar de la posibilidad de incluir una factura en un periodo de información posterior.

http://noticias.juridicas.com/actual/veractual.php?id=1611

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Salu2

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